ERMIAGA, JULIANA c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA s/OTROS RECLAMOS - DIF. INDEM. POR DESPIDO
La actora reclamó diferencias salariales e indemnizatorias por despido. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y revocó parcialmente la condena.
Diferencias salariales e indemnizatorias por despido
¿Qué se resolvió?
- Se revoca la sentencia de primera instancia en cuanto a la inclusión de los conceptos "bono" y "premio por productividad" en la base salarial.
- Se confirma la condena por la indemnización del art. 80 LCT.
- Se revoca la multa del art. 2 de la Ley 25.323.
- Se imponen las costas en el orden causado.
- Se regulan los honorarios de los profesionales.
Fundamentos principales:
- Los conceptos "bono" y "premio por productividad" carecen de periodicidad mensual, por lo que no deben incluirse en la base salarial.
- Corresponde la indemnización del art. 80 LCT dado que se acreditó el cumplimiento de los recaudos.
- No corresponde la multa del art. 2 de la Ley 25.323 al revocarse parcialmente la condena.
- Las costas se imponen en el orden causado dadas las particularidades del caso.
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