PIRIS AVALOS, MARIA ISMILDA c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora apeló el rechazo de la incapacidad psicológica, pero la Cámara confirmó la sentencia al considerar que el perito no explicó adecuadamente los fundamentos científicos de su diagnóstico.
Incapacidad psicológica derivada de un accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado el reclamo de incapacidad psicológica. La Cámara consideró que el perito designado no aportó una explicación detallada de las operaciones técnicas y los principios científicos en los que se basó para diagnosticar a la trabajadora con una afección psíquica compatible con un RVAN Grado II. Tampoco se evaluó adecuadamente las funciones psíquicas de la trabajadora ni se fundamentó cómo el accidente sufrido se vinculaba causalmente con dicha afección. Por lo tanto, la Cámara entendió que no había elementos probatorios suficientes para acreditar la incapacidad psicológica reclamada.
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