MEDINA LEGUIZAMON DIOSNEL c/ GONZALEZ PIRIS GRACIELA Y OTRO s/LEY 22.250
El actor interpuso recurso de apelación contra sentencia que rechazó su reclamo por Ley 22.250. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la decisión al considerar que el recurso es inadmisible por no superar el monto de apelabilidad.
Ley 22.250
¿Qué se resolvió?
Se declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, confirmando la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El monto reclamado en apelación ($ 17.099,17) no supera el tope de apelabilidad fijado en el art. 106 de la Ley 24.635 (equivalente a 300 veces el importe de derecho previsto en el art. 51 de la Ley 23.187, que a la fecha de concesión del recurso era de $90.000).
- Las apelaciones por honorarios también son inadmisibles, ya que el art. 107 de la L.O. establece que serán apelables cuando el monto de la demanda supere el valor indicado en el art. 106, y en el caso el monto del reclamo ascendió a $ 32.368,82.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: