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GLIKMAN CLAUDIO HORACIO c/ CENTRO ARGENTINO DE TELEVISION (C.A.DE T.)ASOC. CIVIL Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto y diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto indemnizatorio al excluir la indemnización del art. 80 LCT.

Carga de la prueba Asociacion civil Diferencias salariales Despido indirecto Art 80 lct

Despido indirecto y diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el despido indirecto justificado por incumplimientos de la empleadora, pero modificó la sentencia reduciendo el monto indemnizatorio al excluir la indemnización del art. 80 LCT. Respecto a las diferencias salariales, confirmó la condena a pagar las diferencias correspondientes a la jornada de 10 horas semanales. Fundamentos principales:
- Se consideraron probados los incumplimientos de la empleadora que justificaron el despido indirecto del trabajador.
- Respecto a la indemnización por falta de entrega de certificados (art. 80 LCT), se revocó la condena por considerar que el requerimiento se hizo en la misma carta que comunicaba el despido, no siendo procedente la indemnización.
- En cuanto a las diferencias salariales, la Cámara confirmó el cálculo realizado en primera instancia por la jornada de 10 horas semanales, al no haberse acreditado una jornada mayor.

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