IBAÑEZ, FLAVIA SOLEDAD c/ ASOCIART S.A ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La trabajadora demandante recurrió parcialmente la sentencia que la condenó al pago de prestaciones dinerarias por incapacidad parcial y permanente, solicitando el reconocimiento del daño psicológico. La Cámara modificó la sentencia y reconoció la incapacidad psicofísica del 20,7%.
Prestaciones dinerarias por incapacidad parcial y permanente derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicofísica del 20,7%, compuesta por un 10% de incapacidad psicológica y un 7% de incapacidad física, más factores de ponderación. Consideró acreditado el vínculo causal entre el accidente laboral y la afección psicológica diagnosticada, sin que fuera necesaria una proporción determinada con la incapacidad física. Rechazó la aplicación obligatoria del baremo de incapacidades y sostuvo que los mismos deben ser considerados de manera indicativa.
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