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ALTAMIRANDA, FERNANDO JORGE c/ SECURITAS ARGENTINA S.A. s/JUICIO SUMARISIMO

El actor fue despedido durante el período de prueba sin que aplique la prohibición de despidos por la pandemia. La Cámara revocó la sentencia y rechazó la demanda.

Despido Periodo de prueba Emergencia covid 19 Prohibicion de despidos Contrato de trabajo por tiempo indeterminado

Reinstalación

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda del actor. Fundamentos principales:
- El actor fue despedido durante el período de prueba, por lo que no le alcanzaba la prohibición de despidos establecida por el DNU 329/2020 y sus prórrogas.
- Si bien el DNU 329/2020 prohibía los despidos sin justa causa por razones de fuerza mayor, esa norma excepcional no resultaba aplicable a la extinción del contrato notificada durante el período de prueba, que es un supuesto legal de extinción temporal y no un despido incausado.
- El período de prueba es un instituto establecido por el legislador para que las partes puedan satisfacer sus expectativas sobre la relación, por lo que no resulta afectado por la normativa de emergencia.

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