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DIAZ , ANDRES ERNESTO c/ HEADCOMM S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto debido a pagos clandestinos y falta de registración de sus remuneraciones. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia y elevó el monto de condena.

Responsabilidad de administradores Inoponibilidad de personalidad juridica Despido indirecto Remuneracion en especie Pagos clandestinos Registracion de remuneraciones

Despido indirecto por pagos clandestinos y falta de registración de remuneraciones

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, se eleva el monto de condena a $100.746,30 y se confirma la responsabilidad solidaria del presidente de la sociedad demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La prueba testimonial acreditó la existencia de pagos salariales "en negro" no registrados.
- El uso del teléfono celular y del vehículo particular del trabajador tienen naturaleza remuneratoria y deben integrarse a la base salarial.
- Corresponde aplicar la teoría de la inoponibilidad de la personalidad jurídica respecto del presidente del directorio, conforme arts. 54, 59 y 274 de la Ley de Sociedades Comerciales.

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