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CARDOZO SANABRIA, HERCULANO c/ EXPERTA ART SA ( EX QBE ARGENTINA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Actor reclama prestaciones dinerarias por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció el derecho del actor y ajustó el grado de incapacidad.

Intereses Incapacidad laboral Dano psiquico Accidente in itinere Costas y honorarios Prestaciones dinerarias

Percibir prestaciones dinerarias por accidente in itinere sufrido el 3/3/2013 según Ley 24.557

¿Qué se resolvió?

Se confirma sentencia que reconoció derecho del actor a percibir prestaciones, con ajuste del grado de incapacidad al 32% de la T.O. y reducción del monto a $131.421 más intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La aseguradora cuestionó el grado de incapacidad reconocido, pero el juez de grado lo redujo al 32% atendiendo a lo solicitado por la propia aseguradora.
- El reclamo por daño psíquico fue debidamente introducido y la aseguradora pudo ejercer su defensa, sin que proceda la alegada violación al principio de congruencia.
- Corresponde considerar la incapacidad como definitiva por haber transcurrido más de 2 años desde la primera manifestación invalidante, conforme art. 7 inc. 2 Ley 24.557.
- Es correcta la fecha de inicio de cómputo de intereses desde el accidente, según arts. 1748 CCyC y 2 Ley 26.773.
- Los intereses y honorarios se consideran adecuados y razonables.

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