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GONZALEZ, PABLO JAVIER c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y dispuso la capitalización anual de los intereses desde la notificación de la demanda.

Intereses Indemnizacion Accidente in itinere Capitalizacion Desvalorizacion monetaria Acta 2764 cnat

Indemnización por accidente in itinere sufrido el 29/12/16

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. La Cámara rechazó el planteo de la demandada sobre la fecha de inicio del curso de los intereses, ratificando que corresponden desde la fecha del siniestro. Respecto a la capitalización de los intereses, la mayoría de la Sala sostuvo que la Cámara tiene facultad para disponer capitalizaciones anuales a partir de la notificación de la demanda, de acuerdo al Acta 2764 de la CNAT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El inicio de los intereses desde la fecha del siniestro es acorde a la naturaleza compensatoria de los mismos y jurisprudencia de la Corte Suprema.
- La capitalización periódica de intereses está prevista en los arts. 767 y 768 del Código Civil y Comercial, facultando a los jueces a determinar no sólo las tasas sino también la metodología de aplicación.
- La capitalización anual dispuesta en el Acta 2764 de la CNAT busca compensar adecuadamente al acreedor y absorber los efectos de la desvalorización monetaria y la mora.

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