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SUFFERN QUIRNO, MARIA ELENA c/ OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/DESPIDO

La actora promovió demanda laboral por diferencias indemnizatorias y salariales, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia para reconocer como remunerativos el servicio de telefonía celular y el seguro del automotor, incrementando los montos adeudados.

Seguro automotor Remuneracion Telefonia celular Sac Certificados laborales Diferencias indemnizatorias


¿Quién es el actor?

María Elena Suffern Quirno

¿A quién se demanda?

OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias indemnizatorias y salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada a abonar $555.143,26 con intereses, por considerar remunerativos el servicio de telefonía celular y el seguro del automotor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El servicio de telefonía celular era con llamadas ilimitadas y no una tarifa plana, por lo que debe considerarse remunerativo.
- El seguro del automotor, al ser abonado por la empleadora, implica una ventaja patrimonial para la trabajadora y por ende es remunerativo.
- Se deben computar las diferencias por SAC sobre vacaciones proporcionales.
- Se ordena a la demandada a emitir nuevos certificados laborales que reflejen los rubros reconocidos como remunerativos.

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