VAZQUEZ, HECTOR EZEQUIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció que la indemnización se actualizará por RIPTE hasta la liquidación definitiva, más un interés moratorio puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación.
¿Quién es el actor?
Héctor Ezequiel Vázquez
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Reclama: Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Estableció que la indemnización se calcule aplicando el art. 12 de la Ley 24.557 según el texto del Decreto 669/19, con actualización por RIPTE hasta la liquidación definitiva, más un interés moratorio puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación.
Fundamentos relevantes:
- El Decreto 669/19 que modificó el art. 12 de la Ley 24.557 es aplicable al caso, ya que rige para todos los accidentes independientemente de la fecha del siniestro.
- El sistema de actualización por RIPTE del Decreto 669/19 permite actualizar el Ingreso Base Mensual a valores contemporáneos, pero no compensa la privación del capital.
- Corresponde fijar un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación definitiva, para compensar la privación del capital. A partir de la liquidación, se aplicará la tasa activa del Banco Nación.
- No corresponde aplicar la capitalización de intereses del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial, por tratarse de hechos anteriores a su vigencia.
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