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MARTEARENA, CLAUDIO NICOLAS c/ GRUPO PROGRESAR S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor reclamó diferencias salariales por jornada completa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y condenó a la demandada al pago de las diferencias salariales reclamadas.

Responsabilidad de socios Diferencias salariales Despido Sancion art 132 bis lct Jornada reducida

Diferencias salariales por jornada completa, indemnizaciones y sanciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada al pago de las diferencias salariales reclamadas, al entender que la contestación de la demandada no cumplía con los requisitos legales y que el actor se desempeñó en una jornada completa. Confirmó la condena al pago de la sanción del art. 132 bis LCT, pero con una reducción en su monto por considerarla desproporcionada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que la contestación de la demandada no cumplía con los requisitos del art. 356 CPCCN y art. 18 CN, al limitarse a negar la jornada completa sin brindar detalles de la modalidad de la jornada en que habría registrado al actor.
- Entendió que correspondía hacer lugar a las diferencias salariales reclamadas por el actor, al considerar que se había acreditado que se desempeñó en una jornada completa.
- Respecto a la sanción del art. 132 bis LCT, si bien señaló que por expreso mandato legal debe devengarse desde el momento de la extinción, consideró que correspondía reducirla por ser desproporcionada al incumplimiento.

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