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BARRIOS, DIEGO ALEJANDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena por la segunda de las patologías y ordenando el cómputo de intereses desde la fecha de alta médica.

Intereses Costas Honorarios Accidente de trabajo Dano psiquico Incapacidad parcial definitiva

Accidente de trabajo
- Decisión del tribunal:
- Se modifica el monto de condena por la segunda patología, reduciéndolo a $ 88.808,94
- Se ordena que los intereses correspondientes a la segunda patología se liquiden desde la fecha de alta médica (16/4/2014)
- Se confirma lo demás decidido en primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal considera que no existe una perturbación patológica de la personalidad del trabajador que permita acreditar el daño psíquico reclamado.
- Se indica que el cómputo de intereses debe hacerse desde la fecha del evento dañoso, conforme el principio general de las obligaciones civiles.

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