ZULETA, JULIO FRANCO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador recurrió la sentencia que fijó su crédito por incapacidad parcial. La Cámara modificó el fallo y aplicó un sistema de actualización del resarcimiento por la variación del índice RIPTE.
Prestación dineraria por incapacidad parcial derivada de un siniestro laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aplicó un sistema de actualización del resarcimiento por la variación del índice RIPTE, desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago. Además, impuso intereses del 6% anual desde el siniestro hasta la liquidación del crédito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El nuevo artículo 12 de la LRT prevé un sistema de actualización de la indemnización según la variación del RIPTE, lo que evita la pérdida de valor adquisitivo.
- El mecanismo de actualización opera aunque subsista la prohibición general de indexación, por tratarse de una ley especial posterior.
- Dicho sistema de actualización suple la necesidad de fijar un interés que compense al acreedor por la privación del capital.
- Corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación hasta el pago efectivo.
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