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BUSTAMANTE, NORBERTO DANIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y estableció que los intereses correrán a partir del 2/6/2016.

Incapacidad Intereses moratorios Accidente laboral Principio de la derrota Fecha de consolidacion del dano


¿Quién es el actor?

BUSTAMANTE, NORBERTO DANIEL

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, pero modificó la fecha de inicio de los intereses, estableciéndolos a partir del 2/6/2016 en lugar del 2/5/2016. La Cámara señaló que, según la jurisprudencia, los intereses moratorios deben computarse desde la consolidación de la incapacidad del reclamante, es decir, desde el momento en que corresponde considerar permanente a la incapacidad. En este caso, el actor tomó conocimiento de sus dolencias el 2/5/2016, por lo que el inicio de los intereses debe ser el 2/6/2016, 30 días después, conforme al plazo de gracia otorgado por la normativa. La Cámara también confirmó el resto de los aspectos de la sentencia apelada.

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