CASANOVA, JORGE ANTONIO TOMAS c/ INTEGRACION ENERGETICA ARGENTINA S.A. ( EX ENERGIA ARGENTINA S.A). s/DESPIDO
El actor reclamó indemnizaciones por despido, pero la Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se trató de un vínculo único sino de una relación de pluriempleo.
Indemnizaciones y puniciones laborales por despido
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juez Pose consideró que en nuestro ordenamiento jurídico los empleadores pueden ser una persona física, una persona jurídica y/o un conjunto de personas (grupo económico), y que en este caso el actor fue registrado por Enarsa Servicios S.A. como encargado del servicio de sistemas, por lo que no se configuró una situación de fraude a la ley.
- La jueza Craig coincidió en confirmar el rechazo de la demanda, pero señaló que la relación del actor no fue de pluriempleo sino de un solo empleo con pluralidad de empleadores (art. 26 LCT), por lo que la retribución debía considerarse una sola, que era la sumatoria de las que abonaba cada uno de ellos.
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