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CUENCA, ANDREA DALILA c/ PM MEX S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando el monto de condena y la punición por falta de registro laboral.

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Despido

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto de condena a $ 699.781,37 y la punición por falta de registro a $ 25.716,60. Se extendió la condena a Báez 227 S.A. por la entrega de certificados de trabajo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró acreditadas las condiciones de trabajo denunciadas por la actora y que la condena no se apoyó exclusivamente en presunciones sino también en prueba documental. Respecto a la multa del art. 132 bis LCT, si bien es una norma de carácter punitivo, los jueces laborales pueden moderar la sanción fijándola dentro de límites razonables. La solidaridad prevista en el art. 228 LCT alcanza también a la entrega de certificados de trabajo.

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