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ROMACHUK, DIEGO MARTIN c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo del actor. Rechazó los agravios de la demandada respecto a la incapacidad reconocida y el monto indemnizatorio. Consideró que el informe pericial médico tenía plena fuerza probatoria y no se advirtieron defectos que justificaran apartarse de sus conclusiones. Asimismo, confirmó la aplicación de intereses desde la fecha del accidente y la tasa de interés fijada. Fundamentos relevantes:
- Para apartarse del dictamen pericial, el juez debe contar con sólidos argumentos que permitan concluir sobre errores o inadecuado uso de conocimientos científicos por parte del experto. En el caso, las objeciones de la demandada no cumplían con estos requisitos.
- El baremo legal establece que el método de "capacidad restante" solo se aplica en ciertos supuestos, que no se verificaban en este caso.
- La ley 26.773 dispone que los intereses se deben computar desde la fecha del accidente, por lo que la decisión de primera instancia fue acertada.
- La tasa de interés aplicada se ajusta a las pautas establecidas por las Actas 2600 y 2601 de la CNAT, las cuales procuran compensar adecuadamente el crédito del trabajador.

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