DEL SOL, GRACIELA MONICA c/ HOSPITAL PRIVADO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED S.A. s/DESPIDO
La trabajadora apeló el rechazo de su reclamo patrimonial, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Graciela Mónica Del Sol
¿A quién se demanda?
Hospital Privado Nuestra Señora de la Merced S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo desestimó los recursos interpuestos por ambas partes. En cuanto al recurso de la trabajadora, el tribunal consideró que el monto reclamado ($ 207.888) era inferior al límite establecido por la ley para autorizar la revisión judicial, por lo que correspondía declararlo mal concedido. Respecto a los demás recursos, la Cámara entendió que lo decidido en primera instancia en materia arancelaria e imposición de costas era inapelable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de la trabajadora debe ser declarado mal concedido porque el monto reclamado -$ 207.888
- es inferior al prescripto por el art 116 de la LO para autorizar su revisión judicial, sin perjuicio sin perjuicio de aclarar que el eventual cómputo en materia de intereses que correspondería adicionar en caso de prosperar la demandada no altera el sentid."
"La doctrina puntualiza que el valor del proceso es un límite establecido no sólo en interés de las partes, sino primordialmente del Estado, pues la extensión ilimitada de un litigio de escasa justificación económica tiene como consecuencia un exceso de trabajo para los tribunales y una dilapidación de tiempo y dinero para los litigantes."
"En cuanto a los restantes recursos presentados corresponda que corran igual suerte porque lo decidido en la instancia de grado en materia arancelaria –lo que incluye la distribución de costas
- es inapelable por imperio del art. 107 de la LO, que es la norma específica que rigen en el prieto marco del proceso laboral."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: