GODOY, EUGENIO AVELINO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor recurrió contra la sentencia que hizo lugar parcialmente a su demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció un criterio para el cálculo de intereses.
Accidente de trabajo
- Ley especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de intereses. Respecto del accidente del 4/3/2015, estableció que los intereses se calcularán desde la fecha de exigibilidad de los créditos hasta la notificación de la demanda, momento en el cual se procederá a su acumulación al capital. El nuevo importe continuará devengando intereses hasta el efectivo pago. Sobre el accidente del 16/9/2015, confirmó el criterio de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara adhirió al criterio establecido en el precedente "Romero Daiana Gisele c/ Gurevicz, Claudio Gabriel y otros s/ Despido", donde se dispuso limitar a un tiempo prudencial el alcance de la capitalización de intereses prevista en el Acta 2764, para evitar que la aplicación de dicha acta resulte superior a los valores a sustituir.
- Se señaló que la capitalización de intereses propuesta cumple con las directivas de la CSJN en cuanto a que la tasa de interés no debe lesionar garantías constitucionales.
- Sobre la razonabilidad de la capitalización de intereses conforme al art. 770 inc. b) del CCCN, se citó un dictamen del Fiscal General que indicó que las actas de la Cámara carecen de carácter normativo y que el tema se reduce a la proporcionalidad de las tasas para paliar el daño por la no disponibilidad oportuna del capital.
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