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LEZCANO, CARLA ELIZABETH c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajadora accidentada demanda por prestaciones dinerarias. La Cámara de Apelaciones modifica el cálculo de intereses aplicando el régimen especial del decreto 669/19.

Intereses Accidente de trabajo Ley 24 557 Prestaciones dinerarias Ripte Decreto 669 19


- Actora: CARLA ELIZABETH LEZCANO
- Demandada: PREVENCION ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones confirma el fallo de primera instancia en lo principal, pero modifica el cálculo de intereses. Establece que el capital indemnizatorio se actualizará por el índice RIPTE desde la fecha del accidente y se le adicionará un interés puro del 6% anual. A partir de la liquidación del crédito, se aplicará el interés previsto en la Ley 27.348. Fundamentos principales:
- El decreto 669/19, que dispone la aplicación del índice RIPTE para la actualización de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, es válido y aplicable al caso, al menos como decreto delegado en ejercicio de la facultad otorgada por la Ley 24.557.
- La aplicación del régimen del decreto 669/19 excluye la aplicación de las tasas de interés fijadas por las Actas CNAT 2601/14, 2630/16 y 2658/17, por cuanto el capital indemnizatorio queda recompuesto por el índice RIPTE, correspondiendo un interés puro del 6% anual.

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