CARUCCI, MIGUEL RICARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia reduciendo la incapacidad psicofísica reconocida pero confirmando el daño psíquico.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia, fijando la incapacidad física en 8.96% (8% más 12% de factores de ponderación) y confirmando la incapacidad psíquica. Dejó sin efecto la actualización del crédito.
Fundamentos principales:
- El perito médico acreditó un cuadro de lumbociatalgia con 8% de incapacidad física, lo cual es coherente con el baremo legal.
- Sin embargo, no se acreditó un trastorno psíquico de entidad, ya que el evento traumático no revistió características de gravedad. El daño psíquico requiere una perturbación patológica de la personalidad.
- La actualización del crédito debe dejarse sin efecto por aplicación de la doctrina de la Corte Suprema que rechaza la indexación de créditos laborales.
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