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MARTINELLI, NICOLAS SEBASTIAN c/ EDITORIAL PERFIL S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por registro de la relación laboral bajo el Estatuto del Periodista Profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a las pretensiones del actor.

Despido Registro laboral Estatuto del periodista profesional Colaborador permanente Responsabilidad solidaria de administradores

Registro de la relación laboral bajo el Estatuto del Periodista Profesional, y consecuentes indemnizaciones por despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a las pretensiones del actor. Se acreditó que Martinelli cumplía con los requisitos del colaborador permanente al superar las 24 publicaciones anuales. Por lo tanto, correspondía aplicar el Estatuto del Periodista Profesional. Además, se confirmó la extensión de la condena solidaria al codemandado Fontevecchia por su calidad de administrador. Principales fundamentos:
- La documental aportada por el actor acreditó que publicó 51 notas en 2012 y 8 hasta el despido en 2013, superando el mínimo de 24 colaboraciones anuales.
- Conforme los arts. 59 y 274 de la Ley de Sociedades Comerciales, los administradores como Fontevecchia son responsables solidariamente por los daños causados por acciones u omisiones dolosas o negligentes.

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