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CANABAL, JUAN MANUEL c/ BILBAO , RICARDO EDUARDO Y OTROS s/DESPIDO

El perito médico apeló la decisión de primera instancia que aplicó el Decreto 1022/17 limitando la responsabilidad del Fondo de Reserva. La Cámara modificó la sentencia y declaró que el Fondo de Reserva debe responder por la totalidad de los intereses y costas.

Intereses Costas Recurso de apelacion Honorarios Ejecucion de sentencia Ley de riesgos del trabajo Fondo de reserva

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia que aplicaba el Decreto 1022/17 para limitar la responsabilidad del Fondo de Reserva, y declaró que el Fondo debe responder por la totalidad de los intereses y costas. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Si bien las decisiones en la etapa de ejecución son en principio inapelables, cabe hacer excepción cuando afectan derechos de defensa o la integridad del derecho reconocido en la sentencia definitiva.
- El Decreto 1022/17, al pretender limitar las obligaciones del Fondo de Reserva excluyendo honorarios y gastos, no constituye un regular ejercicio de facultades reglamentarias, ya que conspira contra el espíritu y finalidad de la normativa, dado que si el patrocinio jurídico es obligatorio y su costo fue puesto a cargo de la aseguradora, no resulta lógico que esos gastos no sean cubiertos.

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