LOPEZ, GUILLERMO DANIEL c/ HIDROCARBUROS ARGENTINOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por diferencias salariales derivadas de un incorrecto registro de su categoría profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, ajustando los montos de la integración del mes de despido y del agravamiento indemnizatorio.
Diferencias salariales por registro incorrecto de categoría
¿Qué se resolvió?
- Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia
- Se modifica el monto de la integración del mes de despido y del agravamiento indemnizatorio
- Se deja sin efecto la condena de YPF SOCIEDAD ANÓNIMA al pago de astreintes
- Las diferencias salariales deberán recalcularse conforme a las pautas indicadas
- Se mantiene la condena solidaria de YPF SOCIEDAD ANÓNIMA en los términos del art. 30 LCT
- Se confirma el rechazo de los reclamos por horas extra, indemnizaciones de la ley 24.013 y sanción del art. 132 bis LCT
Fundamentos relevantes:
- La prueba testimonial acreditó que el actor realizaba tareas propias de una categoría superior a la registrada.
- Corresponde calcular las diferencias salariales mes a mes y no sobre el último período.
- La extensión de responsabilidad solidaria al amparo del art. 30 LCT procede cuando la actividad subcontratada resulta técnicamente indispensable para la contratante, más allá de que no exista vínculo laboral directo.
- No se acreditaron los presupuestos legales para la procedencia de los reclamos desestimados.
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