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DIAZ ALEJO MANUEL c/ LEDESMA S.A. s/DESPIDO

Trabajador con 45 años de antigüedad impugnó el despido por justa causa. La Cámara confirmó que no se cumplieron los recaudos legales para justificar el despido.

Costas Honorarios Proporcionalidad Despido Sanciones Antiguedad Justa causa

Impugnación de despido por justa causa

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró injustificado el despido de un trabajador con 45 años de antigüedad, pese a que se encontraba probado el hecho que lo originó. Los jueces entendieron que la empresa debió aplicar sanciones menos gravosas antes de proceder al despido. La Cámara también confirmó el cómputo de la antigüedad en 45 años realizado por el juez de primera instancia, desestimando el argumento de la empresa que sostenía que la antigüedad era de 37 años. Asimismo, confirmó la imposición de costas a la empresa y la regulación de honorarios profesionales.

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