LUNA, LUIS RUBEN c/ NEW PRESS GRUPO IMPRESOR S.A. s/JUICIO SUMARISIMO
El actor promovió juicio sumarísimo por suspensión irregular. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia para ordenar el cálculo de los salarios caídos en base a la categoría 10 del CCT 60/89 y descontar únicamente los pagos acreditados mediante informe bancario.
Nulidad de suspensión y pago de salarios caídos
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia para:
Ordenar que el perito calcule los salarios caídos teniendo en cuenta la categoría 10 del CCT 60/89 (y no "aprendiz" como se había consignado)
Disponer que sólo se descuenten los pagos acreditados mediante informe bancario, y no otros montos informados unilateralmente por la empresa
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los recibos de pago aportados por la empresa no están firmados por el trabajador, por lo que no acreditan los pagos Los pagos deben estar respaldados por recibos o constancias bancarias para poder ser descontados La categoría del trabajador es la 10, y no "aprendiz", según surge de los convenios y la prueba Se confirma el resto de la sentencia de primera instancia
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