ZERDA, JOSE ALBERTO c/ SUAREZ, NICOLAS FEDERICO (REBELDIA FS. 86) Y OTRO s/DESPIDO
El actor demandó por diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, excluyendo a la codemandada de la obligación de entregar los certificados previstos en el art. 80 LCT.
¿Quién es el actor?
JOSÉ ALBERTO ZERDA
- Demandados: NICOLÁS FEDERICO SUÁREZ y LOS CIPRESES S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de créditos laborales por despido.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con la salvedad de eximir a LOS CIPRESES S.A. de la obligación de entregar los certificados previstos en el art. 80 LCT, al no ser empleadora directa del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que los servicios de limpieza contratados por LOS CIPRESES S.A. a SUÁREZ, constituyen una actividad normal y específica de la empresa, por lo que corresponde aplicar la responsabilidad solidaria prevista en el art. 30 LCT.
- Sin embargo, la responsabilidad de LOS CIPRESES S.A. sólo alcanza a los créditos dinerarios, no a las obligaciones de hacer como la entrega de certificados, ya que no era la empleadora directa.
- Respecto a los intereses, se aplicó el criterio unificado por la Cámara en cuanto a la tasa de interés que debe aplicarse a los créditos laborales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: