Logo

GRAMAJO, DOMINGO ARMANDO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. Y OTRO s/OTROS RECLAMOS

Trabajadores reclaman incidencia de conceptos remunerativos sobre adicionales salariales. La Cámara modificó la sentencia y ordenó recalcular los montos indemnizatorios.

Remuneracion Ley de contrato de trabajo Trabajadores Viaticos Adicionales salariales Tarifa telefonica Convenio oit


¿Quién es el actor?

MARCELINO PONCE, CLAUDIO ALEJANDRO CHANTADA y otros trabajadores

¿A quién se demanda?

TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron que las "compensación mensual por viático" y "compensación mensual por tarifa telefónica" tuvieran carácter remunerativo y se proyectaran sobre otros adicionales salariales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Consideró que dichos conceptos tienen naturaleza salarial y deben incidir en el cálculo del aguinaldo, vacaciones, horas extras, premio por productividad y turnos diagramados. Ordenó al perito practicar nueva liquidación. Principales fundamentos:
- La LCT define la remuneración como la contraprestación del trabajador, por lo que los conceptos en cuestión deben considerarse salariales, más allá de lo dispuesto por la Ley 24.700.
- El Convenio 95 de la OIT prevalece sobre la normativa interna y define el salario de manera amplia, incluyendo estos conceptos.
- No se verifican elementos que permitan tener por demostrado que los pagos no obedecían a la contraprestación laboral.
- La incidencia de estos conceptos remunerativos debe proyectarse sobre los demás adicionales salariales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar