HOLZHEIM, GUSTAVO c/ CASINO DE BUENOS AIRES S.A. COMPAÑIA DE INVERSIONES EN ENTRETENIMIENTO S.A. UTE Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y por daños y perjuicios derivados de un ambiente de trabajo estresante. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la sentencia, reduciendo el monto indemnizatorio por incapacidad psicológica.
Despido y daños por ambiente de trabajo estresante
¿Qué se resolvió?
Se confirma el despido indirecto justificado y la condena a la empleadora por los daños derivados del ambiente laboral. Se reduce el porcentaje de incapacidad psicológica al 5% T.O. y en consecuencia, se modifica el monto indemnizatorio por daño material.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se mantiene la declaración de inconstitucionalidad del art. 39 LRT que impedía el reclamo por la vía civil.
- Se acredita el nexo causal entre el ambiente laboral estresante y las secuelas psicológicas del actor.
- Si bien el perito determinó 10% de incapacidad, sólo el 50% tuvo relación con el trabajo, por lo que corresponde el 5% T.O.
- Para calcular la indemnización civil, se debe considerar el valor de la vida humana más allá de criterios materiales, las consecuencias en la vida de relación y la carrera frustrada del trabajador.
- Los honorarios de los profesionales se reducen, excepto los del reclamo por despido.
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