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MANNARINO, JUAN MANUEL c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y obtuvo la aplicación del Estatuto del Periodista. La Cámara redujo el monto de condena, mantuvo la imposición de costas a las demandadas y modificó los honorarios del letrado de la parte actora.

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Despido y aplicación del Estatuto del Periodista

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia, reduciendo el monto de condena a $238.946,83, mantuvo la imposición de costas a las demandadas y elevó los honorarios del letrado de la parte actora al 18%. Fundamentos relevantes:
- El Estado Nacional no contestó la demanda, por lo que quedó incurso en la presunción del art. 71 LO, pero la codemandada ACARA contestó y cuestionó, por lo que no puede beneficiarse de esa presunción.
- Corresponde aplicar el Estatuto del Periodista (ley 12.908) al actor, dado que sus tareas como redactor en un portal de información jurídica se encuadran en dicha normativa especial, más allá de que la empresa no sea eminentemente periodística.
- Corresponde descontar de la condena el monto de $111.964,94 abonado al trabajador en concepto de liquidación final.
- No corresponde aplicar la multa del art. 2 ley 25.323, ya que el Estatuto del Periodista tiene un sistema indemnizatorio propio.
- Corresponde mantener la multa del art. 80 LCT, pues la demandada no cumplió en tiempo con la entrega del certificado de trabajo.

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