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BOGADO, NATALIA SOLEDAD c/ CENTRO DE INVESTIGACIONES DERMATOLOGICAS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Trabajadora promovió demanda por despido improcedente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo modificó la sentencia de primera instancia y redujo ligeramente el monto indemnizatorio.

Intereses Costas Honorarios Despido Justa causa Actualizacion de creditos Regimen disciplinario

Despido improcedente

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma que el despido fue improcedente, pero modifica el monto indemnizatorio. Establece que el capital nominal de condena será de $ 471.579,53 más intereses. Los jueces consideraron que si bien la empresa alegó faltas justificadas por parte de la trabajadora, ello no resulta suficiente para tener por justificado el despido, debiendo la empresa haber aplicado un régimen disciplinario progresivo dada la antigüedad y buen desempeño de la trabajadora. Además, la empresa omitió advertirle que la ausencia al control médico ocasionaría el despido. En cuanto a la actualización del crédito, el tribunal dispuso que se apliquen las tasas fijadas por las Actas CNAT, con capitalización anual, pero estableció un parámetro de referencia objetivo (valor histórico actualizado por RIPTE más 7% anual) para evitar que el monto resulte desproporcionado.

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