OTERO, JULIO DAVID c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Actor reclama indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aplicó la doctrina de la Corte Suprema sobre actualización de la indemnización.
Indemnización por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aplicó la doctrina de la Corte Suprema en "Esposito Dardo Luis c/ Provincia ART S.A.". Determinó que el índice RIPTE debe aplicarse solo a las contingencias futuras y no retroactivamente. Confirmó los honorarios de los profesionales. La Cámara señaló que, si bien anteriormente había sostenido una posición distinta, ahora debe aplicar el criterio fijado por la Corte Suprema para evitar un dispendio jurisdiccional. Indicó que la ley 26.773 dispuso el reajuste mediante el índice RIPTE de los importes fijados por el decreto 1694/09 exclusivamente para las contingencias futuras, es decir, los accidentes y enfermedades que se manifiesten con posterioridad a la vigencia de la nueva ley. Por lo tanto, modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la aplicación del índice RIPTE a la indemnización por incapacidad del actor.
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