YALUK ELIZABETH GABRIELA CARMEN c/ BRUJULA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la existencia de la relación laboral y la condena a la empleadora y su presidente.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la existencia de la relación laboral entre las partes y la condena a Brújula S.A. y su presidente Osvaldo Alberto Montero.
Los principales fundamentos fueron:
- La juzgadora apoyándose en la presunción del art. 23 de la LCT concluyó que la empresa demandada se sirvió de los servicios profesionales prestados por Yaluk en materia de marketing en los términos del art. 21 de la LCT.
- La circunstancia de que Yaluk haya facturado sus servicios no demuestra que sus prestaciones fueron autónomas o que gozase de la independencia económica que es dable esperar de un empresario.
- La condena en materia de intereses se ajusta a derecho porque los impuestos por la juzgadora son los sugeridos por esta Cámara, resultando idóneos para cumplir la función compensatoria por la imposibilidad de usufructuar un capital adeudado.
- La condena contra Osvaldo Alberto Montero se confirma porque, si bien intenta desentenderse de su carácter de presidente de Brújula SA, el poder acompañado al contestar demanda da cuenta de tal carácter, que se corrobora además con la documental reservada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: