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MIRANDA, JOSE RAMON c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, reconociendo la incapacidad del trabajador y ordenando el pago de la indemnización correspondiente.

Incapacidad Capitalizacion de intereses Nexo causal Ley de riesgos del trabajo Enfermedad profesional Trastorno psicologico

Enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Determinó que las afecciones de Miranda (cervicalgia, lumbalgia, tendinosis en hombros e hipoacusia perceptiva bilateral) tienen nexo causal con las tareas desempeñadas y lo incapacitan en un 36% (26% por afecciones físicas y 10% por trastorno psicológico). Ordenó el pago de la indemnización correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el dictamen pericial se encuentra debidamente fundamentado y que el nexo causal entre las patologías y las tareas laborales se encuentra acreditado. Rechazó los agravios de la ART relativos a la cobertura y a la aplicación de la fórmula de Balthazard. Confirmó la capitalización de intereses dispuesta en la sentencia de primera instancia.

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