MIRANDA, JOSE RAMON c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, reconociendo la incapacidad del trabajador y ordenando el pago de la indemnización correspondiente.
Enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Determinó que las afecciones de Miranda (cervicalgia, lumbalgia, tendinosis en hombros e hipoacusia perceptiva bilateral) tienen nexo causal con las tareas desempeñadas y lo incapacitan en un 36% (26% por afecciones físicas y 10% por trastorno psicológico). Ordenó el pago de la indemnización correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el dictamen pericial se encuentra debidamente fundamentado y que el nexo causal entre las patologías y las tareas laborales se encuentra acreditado. Rechazó los agravios de la ART relativos a la cobertura y a la aplicación de la fórmula de Balthazard. Confirmó la capitalización de intereses dispuesta en la sentencia de primera instancia.
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