MARQUEZ, DAVID ESTEBAN c/ SAMTRA SA Y OTROS s/DESPIDO
El actor reclamó diferencias salariales por encuadre convencional y daños por despido discriminatorio, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de los agravios.
Diferencias salariales por encuadre convencional, indemnización por violación de tutela sindical y daño moral por despido discriminatorio, multa art. 80 LCT, entrega de certificados de trabajo, extensión de condena a codemandados físicos, multa art. 275 LCT.
- Decisión: La Cámara confirmó el rechazo de los agravios. Respecto al encuadre convencional, señaló que la actividad principal del empleador y el ámbito de aplicación del CCT invocado determinan que el actor se encontraba adecuadamente encuadrado en el CCT 428/05. Sobre el despido discriminatorio, consideró que procede la excepción del art. 51 de la ley 23.551 por cese de actividades. Rechazó los demás reclamos por improcedentes.
- Fundamentos relevantes:
- "ante un conflicto de encuadramiento como el de autos, en el que se discute la aplicación de un convenio colectivo de actividad, debe valorarse la actividad principal del empleador y el ámbito personal de aplicación del CCT invocado, el cual está dado por la representatividad de los respectivos firmantes".
- "en el caso, el objeto social de la empleadora demandada consiste en la explotación de los servicios de estacionamiento medido y parquímetros...las tareas cumplidas por el actor consistían en la "coordinación y control de grúas y acarreos, atención de consultas y reclamos", por lo que se encuadra adecuadamente en el CCT 428/05".
- "Sin perjuicio de las manifestaciones del apelante...se da el supuesto excepcional previsto en el art. 51 de la ley 23.551 que dispone: 'La estabilidad en el empleo no podrá ser invocada en los casos de cesación de actividades del establecimiento o de suspensión general de las tareas del mismo'".
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