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FERNANDEZ CABANA, MARIA DOLORES c/ GALENO ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido injustificado y la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, considerando que el despido por abandono de trabajo no se encontraba justificado dadas las circunstancias de la pandemia.

Pandemia Despido Indemnizaciones Teletrabajo Abandono de trabajo Multa art 80 lct


- Actor: María Dolores Fernández Cabana
- Demandado: Galeno Argentina S.A.
- Objeto: Despido injustificado
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
- Fundamentos:
- La pandemia y las medidas adoptadas por las autoridades durante el ASPO justificaban que la trabajadora, con hijos en edad escolar, no pudiera concurrir presencialmente al trabajo.
- La empresa no justificó por qué no podía aceptar la propuesta de la trabajadora de concurrir 2-3 días por semana de manera presencial y los restantes mediante teletrabajo.
- No se acreditó el ánimo de la trabajadora de abandonar el trabajo y el corte de internet por parte de la empresa evidenciaba un afán de forzar su presencialidad.
- Corresponde el pago de las indemnizaciones por despido injustificado y la aplicación de la multa del art. 80 LCT.

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