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CARDENAS, FERNANDO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor recurrió la decisión que confirmó el dictamen de la comisión médica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia y ordenó la prosecución del trámite para la producción de las pruebas ofrecidas.

Incapacidad Prueba pericial Accidente de trabajo Dano psiquico Debido proceso Comision medica

Divergencia de incapacidad por accidente de trabajo La jueza de primera instancia rechazó el recurso interpuesto por el actor contra la decisión de la comisión médica que consideró que no existía incapacidad. La Cámara revocó esa sentencia, entendiendo que el actor cuestionó fundadamente el dictamen médico sin que se le haya permitido producir la prueba que había ofrecido para acreditar sus agravios. Señaló que la evaluación del accidente y sus secuelas debe ser realizada por un perito médico designado de oficio, a fin de asegurar el debido proceso y el derecho de defensa del trabajador. También ordenó que se evalúe el reclamo por daño psíquico, que la jueza de grado había excluido por no haber sido objeto de reclamo administrativo, pero que surge de las constancias de autos.

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