ONOFRIO ALEJANDRO c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA SA Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. y otra. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al hacer lugar a la indemnización por falta de entrega del certificado de trabajo.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la existencia de la relación laboral entre el actor y las demandadas, pero modificó la sentencia para hacer lugar a la indemnización por falta de entrega del certificado de trabajo. Rechazó el reclamo de la sanción por trabajo no registrado. Elevó los honorarios de la representación letrada del actor y de la perito contadora.
Fundamentos principales:
- La documental y prueba aportada no acreditaba el carácter comercial de la relación invocado por las demandadas, sino que demostraba una prestación de servicios en forma personal y subordinada.
- Correspondía hacer lugar a la multa del art. 80 LCT por falta de entrega del certificado de trabajo, al constatarse que el actor había intimado su entrega sin que las demandadas lo hubieran hecho.
- No procedía la sanción del art. 132 bis LCT al tratarse de un supuesto de trabajo no registrado, sin retenciones de aportes.
- Los honorarios regulados a favor de la representación letrada del actor y de la perito contadora resultaban reducidos.
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