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SCANDROLI, FEDERICO c/ DIFA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirió curso favorable a la demanda, aplicando el Estatuto del Periodista Profesional.

Relacion laboral Despido Contribuciones Retencion de aportes Estatuto del periodista profesional Cronista

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, concluyendo que Scandroli se desempeñó como cronista titular, por lo que correspondía aplicar el Estatuto del Periodista Profesional. Se revocó la condena contra Guillermo Pablo Whpei y Fernando Elías Whpei por falta de acreditación de su participación como directivos. Fundamentos principales:
- La Cámara desestimó los agravios de los demandados sobre la calificación de la relación como laboral, considerando que la presunción del art. 23 LCT se encontraba operativa y que los testigos avalaron el desempeño de Scandroli como cronista efectivo.
- Se confirmó la aplicación del Estatuto del Periodista Profesional, argumentando que la actividad periodística no se limita a la idea tradicional de noticia, comprendiendo también la información especializada.
- Respecto de la condena del art. 132 bis LCT, se la mantuvo limitada hasta la fecha de la quiebra de Radio Emisora Cultural SA, por imposibilidad de pago posterior.
- En disidencia, se declararon las costas en el orden causado respecto de la acción desestimada contra los Sres. Whpei.

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