SCANDROLI, FEDERICO c/ DIFA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirió curso favorable a la demanda, aplicando el Estatuto del Periodista Profesional.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, concluyendo que Scandroli se desempeñó como cronista titular, por lo que correspondía aplicar el Estatuto del Periodista Profesional. Se revocó la condena contra Guillermo Pablo Whpei y Fernando Elías Whpei por falta de acreditación de su participación como directivos.
Fundamentos principales:
- La Cámara desestimó los agravios de los demandados sobre la calificación de la relación como laboral, considerando que la presunción del art. 23 LCT se encontraba operativa y que los testigos avalaron el desempeño de Scandroli como cronista efectivo.
- Se confirmó la aplicación del Estatuto del Periodista Profesional, argumentando que la actividad periodística no se limita a la idea tradicional de noticia, comprendiendo también la información especializada.
- Respecto de la condena del art. 132 bis LCT, se la mantuvo limitada hasta la fecha de la quiebra de Radio Emisora Cultural SA, por imposibilidad de pago posterior.
- En disidencia, se declararon las costas en el orden causado respecto de la acción desestimada contra los Sres. Whpei.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: