MENENDEZ, GERARDO ALFREDO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador reclama indemnización por accidente de trabajo y secuelas psíquicas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma el reconocimiento de la incapacidad psicológica y el cómputo de los intereses desde el hecho dañoso.
¿Quién es el actor?
GERARDO ALFREDO MENENDEZ
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
- Reclama: Indemnización por accidente de trabajo y secuelas psíquicas
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La pericia médica diagnosticó una Reacción Vivencial Anormal Neurótica con manifestación fóbica Grado II que ocasiona una incapacidad del 10% de la total obrera, como consecuencia del accidente laboral sufrido por el actor.
- El impacto psicológico de un suceso es distinto en cada persona, y el daño psicológico puede tener entidad propia, más allá de la disminución física.
- La metodología científica utilizada por los peritos para acreditar el daño psíquico es adecuada y da sustento a la conclusión pericial.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del hecho dañoso, conforme lo establece la Ley 26.773.
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