COMESAÑA, HUGO MARCELO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psico-física total del 26,84% de la T.O. con el consiguiente aumento de la indemnización.
Indemnización por accidente de trabajo sufrido el 19/06/2019.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psico-física total del 26,84% de la T.O. El perito constató una reacción vivencial neurótica incapacitante del 10% de la T.O., sumada a la incapacidad física del 16,84% determinada en primera instancia. Ordenó calcular la prestación en base al IBM actualizado por RIPTE y adicionarle intereses moratorios del 6% anual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El informe pericial médico acreditó la existencia de daño psíquico vinculado al accidente, por lo que correspondía reconocer la incapacidad psicológica además de la física.
- La jurisprudencia establece que el dictamen pericial no puede ser desestimado sin razones suficientes, salvo error manifiesto.
- El Dec. 669/19 es aplicable y exige actualizar el IBM por RIPTE desde el accidente hasta el pago.
- Corresponde adicionarle intereses moratorios al monto resultante.
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