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SARMIENTO, ARIEL ANTONIO c/ CENTRO CONSTRUCCIONES SA Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia al establecer que los accesorios de condena se devenguen conforme a los criterios fijados por la Cámara Nacional del Trabajo.

Intereses Actualizacion de montos Accidente de trabajo Honorarios profesionales Actas cnat Art 771 ccyc


¿Quién es el actor?

Sarmiento Ariel Antonio

¿A quién se demanda?

Centro Construcciones S.A. y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente
- Ley Especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, estableciendo que los accesorios de condena (intereses) se devenguen conforme a los criterios fijados por la CNAT en sus Actas 2600, 2601, 2630, 2658 y 2764 (con capitalización anual). Asimismo, confirmó los honorarios profesionales regulados. Fundamentos principales:
- En virtud de la distorsión económico-financiera que afecta al país, la Cámara decidió mantener las tasas de interés fijadas por las Actas CNAT, con capitalización anual, a fin de actualizar los montos de condena.
- Si la aplicación del Acta 2764 CNAT arrojara un resultado desproporcionado, se deberá aplicar el art. 771 CCyC para ajustar el monto de la condena a un parámetro objetivo (RIPTE más 7% anual).
- Los honorarios de los profesionales intervinientes se consideraron ajustados a derecho.

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