CHAVEZ, LUIS EDUARDO c/ MIRALEJOS S.A. s/DESPIDO
Trabajador despedido reclama indemnizaciones y multas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirma parcialmente la sentencia de primera instancia.
Indemnizaciones por despido y multas establecidas en la Ley de Contrato de Trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la decisión de primera instancia que (i) calculó la multa del art. 2 de la Ley 25.323 sobre las diferencias adeudadas, (ii) rechazó la indemnización del art. 80 LCT por acreditarse que el trabajador retiró los certificados correspondientes, y (iii) aplicó el criterio de la "normalidad próxima" para calcular las indemnizaciones de los arts. 232 y 233 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Sobre la multa del art. 2 Ley 25.323: La Cámara considera que el criterio utilizado por el juez de grado se ajusta al de la Sala, que es calcular la multa sobre la diferencia entre lo pagado y lo adeudado.
- Sobre la indemnización del art. 80 LCT: La Cámara considera que el reclamo del trabajador resulta una inadmisible modificación de la plataforma fáctica, ya que en la demanda se limitó a alegar la falta de entrega de los certificados, sin cuestionar su contenido.
- Sobre las indemnizaciones de los arts. 232 y 233 LCT: La Cámara entiende que el juez de grado aplicó correctamente el criterio de "normalidad próxima" y tuvo en cuenta los pagos realizados por la empleadora.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: