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MARTINEZ, JORGE DANIEL c/ MALDATEC S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido arbitrario. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda al considerar que la empleadora no acreditó la causal de despido invocada.

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Indemnización por despido arbitrario

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda por considerar que la empleadora no acreditó la causal de despido invocada. La Cámara señaló que la empleadora no logró demostrar los incumplimientos atribuidos al trabajador que justificaran el despido, ya que no pudo acreditar tales faltas, incluso analizando el testimonio ofrecido. Indicó que la empleadora debió aplicar sanciones menos gravosas antes de proceder al despido para preservar la continuidad de la relación. Por lo tanto, el despido fue considerado incausado, debiendo asumir la empleadora las consecuencias de su obrar ilegítimo. Se hizo lugar a la indemnización por despido y al incremento por la ley 25.323, pero se rechazó la sanción de temeridad y malicia solicitada por el actor por no configurarse los presupuestos para su aplicación. En relación a los intereses, se modificó lo resuelto en primera instancia para aplicar la capitalización anual prevista en el Acta CNAT 2764, con el límite del capital histórico actualizado por IPC más una tasa del 6% anual.

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