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BLASI, GABRIEL ANTONIO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador recurrió sentencia que parcialmente acogía su demanda por accidente in itinere. La Cámara modificó el fallo, actualizó los intereses y dispuso el descuento del pago parcial efectuado.

Tasa de interes Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente in itinere Pago parcial Descuento de pagos

Indemnización por accidente in itinere ocurrido el 25/10/2016

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Confirmó la incapacidad física y psíquica reconocida, pero dispuso modificar la tasa de interés a aplicar y el descuento del pago parcial efectuado por la ART. La perita médica informó que el actor sufrió una "Dorsalgia postraumática, limitación a la movilidad y alteración radiográfica" (15% de incapacidad física) y un "Trastorno de estrés postraumático" (10% de incapacidad psíquica). La Cámara consideró que la incapacidad psíquica se adecuaba al grado II del baremo (10% de incapacidad), y no al grado III reclamado por el actor. Respecto a la incapacidad física por la cicatriz, entendió que no correspondía asignarle incapacidad al no generar compromiso funcional. En cuanto a los intereses, la Cámara resolvió que deben liquidarse a la tasa activa efectiva anual del Banco Nación a partir del 1/12/2017, con capitalización anual desde la notificación de la demanda. Además, dispuso que se descuente del capital total el pago parcial efectuado por la ART, imputándolo primero a intereses y luego a capital.

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