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TORREJON, CARLOS ALBERTO c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra Telefónica de Argentina S.A. y ALRA S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena a las demandadas por la solidaridad del art. 30 LCT por ser las tareas del actor parte de la actividad normal de Telefónica.

Solidaridad Diferencias salariales Despido Horas extras Multa art 80 lct Art 30 lct Indemnizaciones agravadas Ley 25 323 Actividad normal

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena a las demandadas por ser solidariamente responsables de conformidad al art. 30 LCT, ya que las tareas del actor (instalación y mantenimiento de líneas telefónicas) formaban parte de la actividad normal y específica de Telefónica. Rechazó los agravios de las demandadas por falta de crítica concreta a los fundamentos de la sentencia. Confirmó la condena por diferencias salariales, horas extras, multa art. 80 LCT e indemnizaciones agravadas por la ley 25.323.

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