DUARTE , CRISTIAN RAMON c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó por un accidente laboral y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de los intereses.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de los intereses. Dispuso que los intereses se calculen desde la fecha del infortunio (11/11/13) conforme a las tasas previstas en las Actas CNAT N° 2601, 2630 y 2658, con capitalización anual a partir del 1/8/15 según Acta CNAT N° 2764. Además, estableció un parámetro objetivo de actualización (RIPTE más 7% anual) en caso de que la capitalización resulte desproporcionada. Confirmó la regulación de honorarios.
Fundamentos relevantes:
- "corresponde -por razones de celeridad y economía procesal
- dejar sin efecto ese criterio" de aplicar dos veces la tasa de interés.
- "se juzga equitativo modificar parcialmente lo establecido en la sentencia de grado y disponer que la suma diferida a condena llevará intereses desde la fecha del infortunio: 11/11/13 conforme las tasas previstas mediante Actas C.N.A.T."
- "en el marco del ejercicio de las facultades jurisdiccionales allí previstas, para el supuesto en que la aplicación de intereses dispuesta en el párrafo precedente arroje un resultado desproporcionado."
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