VARGAS CARBALLO, EMBERT c/ SOCIEDAD ESPAÑOLA DE BENEFICENCIA ASOCIACION CIVIL Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo el monto de la condena.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de la condena, considerando que el vínculo laboral existió solo a partir de junio de 2013, luego de finalizar la residencia médica. Confirmó la desestimación del reclamo contra el INSSJP.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró acreditada la relación de trabajo desde junio de 2013, aplicando la presunción del art. 23 LCT. Sin embargo, respecto al período de residencia médica entre 2009-2013, entendió que dicha figura excluye la aplicación de la LCT.
- Respecto al reclamo contra el INSSJP, la Cámara consideró que no se verificaban los presupuestos para atribuirle responsabilidad solidaria.
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