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CUTHILL, FLORENCIA MARIA c/ OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido y daños derivados de acoso laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena.

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Despido indirecto y daños por acoso laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la justificación del despido indirecto por reducción salarial y acoso laboral acreditado. Modificó el monto de condena, elevándolo a $40.769.518,76.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La reducción salarial impuesta por la empleadora estaba prohibida por la LCT, justificando el despido indirecto.
- El acoso laboral de la supervisora hacia la trabajadora quedó probado por testimonios coherentes y creíbles.
- Se acreditó el daño psíquico de la trabajadora por el acoso sufrido.
- La empleadora incumplió con sus obligaciones legales de prevenir y sancionar el acoso laboral.

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